LA OTRA FALACIA DEL “DEBIDO PROCESO” EN ASUNTOS MIGRATORIOS.
Por Carlos Carballido Tras los últimos acontecimientos migratorios en EEUU, muchos cubanos han cambiado el discurso sencillamente porque ya ...
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Por Carlos Carballido
Tras los últimos acontecimientos migratorios en EEUU, muchos cubanos han cambiado el discurso sencillamente porque ya no pueden mirar al resto de migrantes por encima del Hombro como se hacia antes de que el presidente Obama eliminase Pies Secos.
En una palabra: el presidente demócrata los igualó al resto de inmigrantes y tras otra inconstitucionalidad de Biden al otorgar parole humanitario que solo es competencia del Congreso, inmigrantes cubanos, sus familiares y amigos han caído en la trampa emocional que los medios liberales venden como Derechos Humanos.
Han echado mano a todo menos al entendimiento de la Ley de la Nación y a lo que dicta la Constitución
La nueva falacia ahora no es otra que el fascismo de Trump al impedir el recurso de #DebidoProceso (en inglés due process) en esos inmigrantes que son capturados en redadas o por perder casos en Cortes migratorias.
Pero aquí estoy yo para desmontarles el relato.Aunque el “debido proceso” es un principio constitucional fundamental en Estados Unidos, (Quinta Enmienda de1791 y Decimocuarta Enmienda de 1868) su aplicación en el ámbito migratorio no es universal ni automática.
Las leyes federales y la jurisprudencia han establecido un marco en el cual el Estado, a través de sus agencias migratorias y el Ejecutivo (Presidente), puede restringir significativamente estas garantías en las etapas iniciales del proceso, especialmente en frontera, en detención temprana o fallos judiciales. Esto plantea una tensión entre la protección de derechos individuales y la autoridad soberana del Estado para controlar el ingreso a su territorio.
Este principio, sin embargo, no se aplica de forma absoluta ni uniforme, especialmente en inmigración, un campo donde la Corte ha otorgado al Congreso y al Presidente facultades extraordinarias bajo la doctrina del “plenario poder”.
La clave está en un tecnicismo digno de Kafka: para EE. UU., si no has “entrado legalmente” al país, entonces no estás realmente “dentro”, aunque estés esposado en un centro de detención en Miami o tengas un parol humanitario creyendote el más guapo de los inmigrantes.
Así lo sostuvo la Corte Suprema en 1953 (Shaughnessy v. Mezei): un inmigrante que no ha sido admitido formalmente ( visado válido o entrevista de miedo creíble) no tiene derecho a quejarse de su detención indefinida, ni a que lo escuche un juez.
¿Y cómo se justifica este limbo legal? Fácil: gracias a la bendita IIRIRA de 1996, firmada bajo el amable y demócrata gobierno de Bill Clinton .
Ahí se estableció que los oficiales migratorios pueden realizar una deportación “acelerada” (expedited removal) sin pasar por un juez.
Sí, leíste bien: el mismo agente que lo mismo detuvo a un descendiente de Pakal el Grande o de Hatuey o Guamá puede actuar como investigador, fiscal, juez y verdugo. Todo en un mismo día y con el mismo uniforme.
Y si usted no sabe inglés, no entiende el proceso, no tiene abogado o no tiene idea de lo que es un “temor creíble”, bueno… mala suerte. El avión lo espera.
Y por si queda alguna duda, en 2020 la Corte Suprema (en Thuraissigiam v. DHS) dejó claro que los solicitantes de asilo rechazados en tanto en frontera como en Corte NO tienen derecho automático a apelar ante un tribunal federal.
La falacia de que Trump niega el “debido proceso” es eso: una falacia. Dentro del procedimiento de captura en redadas las autoridades tienen por norma, para evitar demandas, ofrecer algunos ritos requeridos en el “debido proceso”:
• Te leen tus derechos.
• Te preguntan si temes por tu vida.
• Te ofrecen un formulario.
• Y si tienes suerte, te meten en una lista para ver a un juez… en tres años.
Si llegado ese momento el juez no te otorga asilo, la remoción es ya un hecho y no hay nada que hacer. Así funciona la Ley. Que usted crea que es injusto, bueno pocas cosas en este mundo lo son. Y cuando se niega un asilo político casi siempre es debido a que el demandante no puede probar persecución política y menos en Cuba porque tras el deshielo de Obama puedes salir libremente de esa isla carcel si eres ciudadano común .
Lo que si es una ignorancia supina es opinar basado en sus emociones y no en la realidad que lo rodea.
Una nación funciona mejor ( cosa que el cubano no comprende debido a su daño antropológico) cuando aplica la Ley y el Orden y pese a que antes no te haya pisado el cayo pero ahora si.